Nuevas (y polémicas) iniciativas de la UE en temas de derechos humanos y sostenibilidad en la actividad internacional de las empresas

Por Enrique Fanjul, socio de Iberglobal y miembro del Comité de Reflexión sobre Internacionalización del Club de Exportadores

Descargar el artículo en PDF

enrique-fanjul-byn

Este artículo pertenece al nº26 de la revista electrónica: “Proyección exterior de la economía española”. Haz clic aquí para leer la revista electrónica completa.  

La Unión Europea (UE) se encuentra en el proceso de poner en marcha iniciativas legislativas que pueden tener un impacto apreciable sobre la actividad internacional de las empresas: una directiva sobre diligencia debida en materia de derechos humanos y sostenibilidad y un reglamento para prohibir los productos fabricados con trabajo forzoso. Estas iniciativas, en especial la directiva, son objeto de críticas y recelos en sectores empresariales, por los costes, pérdida de competitividad y riesgos que pueden suponer para las empresas.

La directiva, conocida de forma abreviada por CS3D, por su denominación en inglés Corporate Sustainability Due Diligence Directive, tiene como objetivo exigir a las empresas que actúen con diligencia debida para evitar impactos adversos sobre los derechos humanos y el medio ambiente. Estos impactos pueden referirse a esclavitud, trabajo infantil, explotación laboral, pérdida de biodiversidad, contaminación o destrucción del patrimonio natural. La directiva requiere que las empresas elaboren un plan de transición para la mitigación del cambio climático.

La aprobación de la directiva ha generado una importante polémica. La propuesta original de directiva fue de hecho considerablemente rebajada en su última fase de discusión, los pasados meses de marzo y abril. Uno de los cambios más destacados fue elevar los umbrales de tamaño de las empresas que deben cumplir con la norma. Con los cambios que se introdujeron, como respuesta a la oposición al proyecto original de directiva de una serie de países (entre ellos Alemania e Italia), el umbral se elevó a empresas de la UE con más de 1.000 empleados y una cifra de negocios mundial de al menos 450 millones de euros (en el proyecto original se aplicaba a empresas con más de 500 empleados y 150 millones de euros de cifra de negocios).

Los Estados miembros tendrán que transponer la directiva a sus legislaciones nacionales.

foto-articulo-enrique-fanjul-abril-revista-electronica_byn

Debate en Madrid el pasado 19 de marzo sobre el tema de derechos humanos en la actividad internacional de las empresas, organizado por Foro de Foros. De izquierda a derecha: Georgina Higueras, Juan José Durán, Pablo López, Enrique Fanjul y Rafael Ruiz-Villar.La directiva requiere que éstas prevean sanciones económicas, que podrán llegar hasta el 5% del volumen de negocios neto mundial de la empresa.

Por su parte, el reglamento sobre trabajo forzado, que ha suscitado mucho menos polémica, prohíbe la circulación de productos fabricados con trabajo forzado. (Se puede ver información sobre la directiva sobre sostenibilidad y sobre el reglamento de trabajo forzoso en la web del Parlamento Europeo).

Se trata de normas que en España han tenido hasta ahora un seguimiento escaso, a diferencia de otros países. Una de las iniciativas más interesantes ha sido el proyecto desarrollado por el think tank Foro de Foros. Puede verse en su página de Youtube la grabación del debate que organizó el pasado mes de marzo, en el que tuve ocasión de participar con Rafael Ruiz-Villar (también miembro del Club de Exportadores), Pablo López (director del Foro de Marcas Renombradas Españolas), Juan José Durán (catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid), y Georgina Higueras (directora de Foro Asia en Foro de Foros).

Polémicas sobre la directiva

La directiva sobre diligencia debida ha sido, y sigue siendo, objeto de críticas desde el mundo empresarial, a pesar de los cambios que se introdujeron para “suavizar” su contenido. Así, al aprobarse en abril la directiva, el presidente de Eurochambres (que agrupa a Cámaras de Comercio europeas), señaló: “Las implicaciones de esta directiva son preocupantes para las empresas europeas. No sólo afectará al funcionamiento de las cadenas de suministro, sino que también perjudicará a nuestra competitividad global”.

Desde Business Europe, otra organización empresarial de ámbito europeo, se señaló: “El texto sobre diligencia debida se ha aprobado hoy a pesar de los numerosos problemas pendientes. Lamentamos la ausencia de salvaguardias suficientes para proteger el mercado interior de la fragmentación jurídica. Las empresas, incluidas las PYME, se verán gravemente afectadas”.

Son múltiples los motivos que justifican estas críticas.

Muchas empresas carecen de una información detallada sobre sus cadenas de suministro. Además, puede resultar complicado identificar o definir los comportamientos contrarios a los principios de los derechos humanos. Puede ser difícil establecer de manera precisa qué es una situación de trabajo forzoso, las condiciones laborales mínimas que todos los países deben cumplir, el salario mínimo que se debe pagar a los empleados, el horario máximo permitido, etc.

Para las empresas se pueden producir daños económicos serios en aquellos casos en los que tengan que reestructurar sus cadenas de suministro, una tarea que no es fácil y puede resultar muy costosa. La construcción de cadenas de suministro requiere tiempo y gastos. Es necesario identificar a proveedores, negociar con ellos, enseñarles a fabricar los productos de acuerdo con requisitos específicos, supervisar los productos para asegurarse de que cumplan con dichos requisitos, planificar la logística para el transporte, etc. Por estos motivos, reemplazar las cadenas de suministro no es una tarea sencilla, rápida o económica.

La falta de colaboración o incluso el rechazo de los países donde se encuentran los suministradores puede obstaculizar o incluso impedir la realización de las tareas necesarias para llevar a cabo la diligencia debida. Las empresas también corren el riesgo de enfrentarse a boicots de consumidores, que a menudo son promovidos por las autoridades de sus países.

Las empresas que lleven a cabo auditorías o investigaciones se arriesgan a represalias, por parte de las empresas investigadas y, especialmente, de las autoridades del país en el que éstas se encuentran.

En resumen, existe el riesgo de que se exija el cumplimiento de unos requisitos que no es factible en la práctica.

Por otro lado, se pueden producir efectos perjudiciales sobre las comunidades cuya situación se busca favorecer. Es posible que haya empresas que, para evitar los riesgos de sanciones, o simplemente para evitar la carga burocrática que supone cumplir con las obligaciones legales, los costes, las complicaciones que pueden derivarse de la directiva, decidan no instalarse o aprovisionarse en determinados países, que en muchos casos serán países en desarrollo, con el consiguiente perjuicio económico para éstos y sus habitantes.

Se puede crear una situación en la que existan diferencias, en cuanto a los requisitos que se imponen a las empresas, las medidas de control, las sanciones, etc., en la aplicación de las normas por los países de la UE, que tendrían implicaciones significativas para el mercado único.

Es probable que las empresas europeas se encuentren en una posición de desventaja en comparación con otros países. Los requisitos que exigen las nuevas normas perjudicarían a las compañías europeas en términos de competitividad en comparación con las de otros países en los que no se apliquen estas normas, o se apliquen con menos rigor.

Administraciones públicas-empresas: un diálogo imprescindible

Estas nuevas normas que buscan proteger los derechos humanos tienen un efecto positivo de concienciar a las empresas, y a la sociedad en general, de la necesidad de prestar atención a estas cuestiones.

La mayoría de las empresas comparte en este sentido los objetivos generales de la directiva. De hecho, son numerosas las empresas que han incorporado objetivos de responsabilidad social corporativa en su estrategia por propia iniciativa. En primer lugar, lo han hecho porque creen que es necesario desde un punto de vista ético. En segundo lugar, debido a que estos elementos están ganando importancia en cuanto a la reputación de las empresas, que tiene un impacto en su imagen.

Sin embargo, en amplios círculos empresariales se piensa que en ocasiones los legisladores no conocen o ni tienen en cuenta de manera suficiente la realidad en la que se desenvuelve la actividad de las empresas. Por ello, las Administraciones públicas deben promover canales de diálogo con las empresas, a la hora de elaborar o aplicar normas.

Por otro lado, los gobiernos tienen que proteger a las empresas que intentan cumplir con sus deberes y que son penalizadas por los gobiernos de otros países. Las empresas deben ser defendidas y respaldadas por sus gobiernos o por organizaciones supranacionales como la Unión Europea. Si una firma es objeto de represalias por adoptar medidas para garantizar el respeto a los derechos humanos en sus suministros, es necesario actuar en su defensa, incluyendo sanciones económicas si es necesario. Los gobiernos de los países donde se violan los derechos humanos tienen que saber que si toman medidas contra las empresas, se enfrentarán a una respuesta.

Artículo exclusivo para Club de Exportadores e Inversores Españoles.

El “escándalo” de las comisiones en el comercio internacional

Por Rafael Ruiz-Villar, coordinador del Comité de Reflexión del Club de Exportadores e Inversores

Descargar el artículo en PDF

rafael-ruiz-villar-byn

Este artículo pertenece al nº26 de la revista electrónica: “Proyección exterior de la economía española”. Haz clic aquí para leer la revista electrónica completa.  

El autor comenta la mala imagen con la que con frecuencia se habla de las comisiones en el comercio internacional. Las comisiones remuneran unas actividades que realizan los “traders” o empresas especializadas en el comercio exterior, actividades que tienen una gran importancia y se basan en los largos años de experiencia, éxitos y fracasos de su trayectoria personal/empresarial. 

Desde hace ya demasiados años y no sé si lustros, se viene oyendo en los medios de comunicación, tertulias y, en general, en la opinión pública y publicada, la “sinvergonzonería” que supone el cobro de comisiones. Y ello, sin entrar a matizar acerca de la posible legitimidad, interés y, en múltiples ocasiones, absoluta necesidad, de que se pague por servicios realmente prestados.

Nadie se escandaliza por el hecho de que un guía turístico, conocedor de la ciudad, nos cobre por enseñarnos los encantos que nosotros no conocemos y nos ahorre muchas horas de lectura para informarnos de lo que vamos a ver.

Tampoco nos extraña que, con el fin de agilizar gestiones administrativas, una gestoría cobre por servicios que bien podríamos realizar nosotros mismos, eso sí con una enorme pérdida de tiempo y consiguientemente de dinero.

Ejemplos similares hay a miles, pero por la misma razón, tampoco debería de extrañarnos que personas conocedoras de un país, sus fabricantes, sus procesos comerciales internos, la logística necesaria para comercializar con ese país y los trámites administrativos y legales que posibilitan ese comercio, cobren por prestar esos servicios tan útiles, necesarios y, casi siempre, vitales para no perder tiempo, dinero y, casi siempre, disgustos y pérdidas irreparables.

La reflexión nos lleva, en general, hacia los siempre vilipendiados y mal vistos “intermediarios” (“traders” en leguaje internacional) que, basándose en su conocimiento de aspectos fundamentales del mercado, realizan una actividad comercial, poniendo en contacto a los distintos eslabones de las cadenas de valor. Desde que inicié mis estudios universitarios, siempre he oído hablar mal de esta figura que, incluso, cuenta con una canción referida a los agricultores canarios y en la que se denigra a los intermediarios del “negocio frutero”.

Y el problema no estriba en la existencia de esa figura que intermedia, sino en la incapacidad que los fabricantes y, en general, los productores tienen para acceder, por ellos mismos, a los consumidores o usuarios finales. Se denosta al intermediario, poseedor de un conocimiento relevante que cuesta años, esfuerzo y bastante dinero en conseguir, para ocultar las carencias, desconocimiento e incapacidad de acceder directamente al cliente que interesa.

Y no debe ser tan fácil llegar a ese cliente, cuando los productores/fabricantes no consiguen por ellos mismos alcanzarle y terminan por caer en manos de los “terribles” intermediarios. Obviamente, se oculta que esa actividad que realiza el intermediario exige haber invertido muchas horas y dinero en conocer a fondo el valor añadido que se puede aportar con su intervención, al igual que el guía turístico ha tenido que emplear parte de su vida en consolidar los conocimientos por los que va a cobrar, posteriormente, a sus clientes que bien podrían por ellos mismos haber averiguado las bondades de la ciudad que se va a visitar.

Viene esta reflexión a cuenta de las insinuaciones que, repetidamente, se oyen en relación con la gente que cobra comisiones por realizar un trabajo basado en su experiencia y conocimientos, cimentados en años de trabajo y esfuerzo. Claro que cobran, como lo hacen todos aquellos que poseen conocimientos y el talento para poner en valor múltiples actividades en el mundo actual. Y cobran más cuanto más complejos, difíciles y necesarios son esos activos que atesoran. Nadie discute lo que nos cobra un médico, un abogado o un técnico que nos repara la lavadora, porque asumimos que el conocimiento que despliegan en su actividad tiene un fundamento para que les paguemos por sus servicios. Y nadie se queja (salvo abusos manifiestos), de que sus servicios sean remunerados. Viene a la memoria la manida historia del mecánico que arregla en un minuto y con un simple destornillador la avería de nuestro vehículo y que cuando pretende cobrarnos por ese trabajo una significativa cantidad y ante nuestras protestas, nos explica que él cobra, no por lo que hace sino por saber qué es lo que hay que hacer.

No debe, por tanto, extrañarnos que una persona o sociedad cobre por prestar unos servicios en el ámbito internacional gracias a su conocimiento, habitualmente conseguido en muchos años de actividad profesional. Por ello, asombra que nos escandalicemos cuando alguien que conoce el mundo sanitario, sus flujos comerciales, el origen y funcionamiento de sus productos y que, obviamente, tiene consolidados contactos con los proveedores y fabricantes, cobre por aportar ese conocimiento a la compra, por ejemplo, de mascarillas.

La permanente frase “en el peor momento de la pandemia” que los políticos se tiran a la cara continuamente, no hace más que poner aún más en valor, ese conocimiento que fue tan necesario en unas circunstancias de carestía de productos, fábricas colapsadas y tráfico mercantil deteriorado y tensionado.

Otra cosa muy diferente es la intervención de personas/empresas, sin recorrido ni experiencia previa, sin solvencia económica y financiera y que, sin “rubor” alguno, utilizaron sus contactos ante los organismos compradores para ganar dinero, sin poder demostrar el conocimiento necesario para su intervención, más allá del posible lucro.

De facto, nunca se entendió por los expertos cómo se centralizaron todas las atribuciones, durante la pandemia, en un Ministerio que hacía años que no compraba nada en ningún lugar, ya que era esa una actividad transferida hacía años a las Comunidades Autónomas. A partir de ahí la llamada cobergananza fue un “sálvese quien pueda”, ante la imposibilidad manifiesta de que, quien no estaba en los mercados internacionales desde hacía mucho tiempo, pudiera hacer frente a una situación de emergencia tan extrema.

La aparición de “listillos” y de oportunistas que contaban con “tengo un primo casado con una oriental que conoce mucho de esto”, seguramente ha dado pie a más de un fiasco o timo, cuando no a un enriquecimiento ilícito. Esta actitud tan española de tener siempre a un “cuñado” o similar que sabe mucho de algo, es lo que hace que en los inicios de la actividad internacional sea tan necesario actuar con criterios de profesionalidad y siguiendo un plan que nos evite gastos improcedentes, chascos y situaciones adversas.

Qué duda cabe que, para acceder a un país, tanto en su vertiente de proveedor como de potencial cliente, una empresa/institución puede no contar con nadie y con sus propios medios adquirir la experiencia y conocimientos necesarios para llevar a cabo sus fines. Pero eso, llevará dedicación, personal cualificado y recursos no escasos para entablar esa aventura. Es por esa razón por la que en los mercados internacionales la figura del agente especializado en nuestra actividad y/o en ese país es de gran utilidad, en la medida que nos ahorra los dos recursos más escasos: tiempo y dinero. Asegurarnos de que ese agente cuenta con los recursos, conocimientos y experiencia necesarios deberá ser, en todo momento, nuestra principal preocupación. Y por supuesto que cobrará comisiones por su trabajo, habitualmente vinculadas al éxito de su desenvolvimiento y a la materialización de nuestras expectativas. Nada malo hay en ello, sino todo lo contrario.

De hecho, hay países como Italia en que esa figura del intermediario internacional está amplia y profusamente reconocida, limitándose el fabricante a fabricar, que es su actividad más importante y donde mayor valor añadido aporta. Las actividades de venta en el exterior se delegan a compañías especializadas en los mercados internacionales, conocedoras de las fórmulas internacionales para garantizar los pagos y cobros, las posibilidades de financiación existentes, los transportes más idóneos, los trámites y requisitos exigibles en cada país y sector, así como las fórmulas de seguros que viabilicen y garanticen el buen fin de las operaciones.

Todas esas actividades que realizan los “traders” o empresas especializadas en el comercio exterior, tienen una gran importancia y se basan en los largos años de experiencia, éxitos y fracasos de su trayectoria personal/empresarial.

No debe escandalizarnos las comisiones que se pagan en legítima y buena lid a personas/empresas de consolidada trayectoria, sino la irrupción de oportunistas que, al calor de la necesidad venden fórmulas milagro, sin contar con la necesaria solvencia técnica, económica y financiera.

* Una versión reducida de este artículo se publicó en Voz Pópuli el 29 de abril, disponible en este enlace.

Artículo exclusivo para Club de Exportadores e Inversores Españoles.

“España multiplicó por 4 las importaciones del régimen de Irán en pleno conflicto con Israel”, con declaraciones del Club de Exportadores (OK Diario)

Participación de Antonio Bonet en la tertulia del programa “Capital Intereconomía” de Radio Intereconomía

Entrevista a Santiago Gómez-Villares Pérez-Muñoz, socio director de GVA Gómez-Villares & Atencia y delegado del Club de Exportadores e Inversores en Andalucía

Los exportadores alertan que la relación comercial con Israel se está deteriorando (La Información)

“Las exportaciones a Israel caen un 35% tras la crisis diplomática con España”, con declaraciones del Club de Exportadores (ABC)

“La guerra de Israel ya afecta a España: caen un 35,6% las exportaciones al país en febrero”, con declaraciones del Club de Exportadores (OK Diario)